martes, 30 de agosto de 2011

Comité Departamental de Víctimas de Santander presentó propuestas y análisis a candidatos e instituciones públicas.


En el encuentro convocado por el equipo promotor del Programa Promoción de la Convivencia del PNUD en Santander, integrado por la Corporación para el desarrollo de Oriente, Compromiso, Redepaz, IMP y la Mesa de Nacional de Víctimas  de Santander  que se realizó los días 25 y 26 de agosto en el hotel El Pilar de la ciudad de Bucaramanga, el comité departamental de victimas presentó sus análisis y propuestas a un nutrido grupo de candidatos de diferentes partidos políticos y a funcionarios públicos que tiene responsabilidades sobre el tema de atención a las víctimas del conflicto armado.

Partidos políticos y comunidad Internacional expusieron de manera organizada los resultados de sus análisis especialmente sobre los temas de implementación y reglamentación de la ley víctimas y restitución de tierras. 

Se debatió y se expuso las inquietudes  sobre su reglamentación y las medidas adoptadas y por adoptar por el Gobierno Nacional para la creación de una nueva institucionalidad que facilite la  aplicación de la implementación y reglamentación de la "Ley de Reparación de víctimas y restitución de Tierras", -ley 1448-.

De los temas debatidos en este encuentro entre victimas políticos y funcionarios del estado quedó en evidencia aspectos como la necesidad de garantizar que las víctimas y sus organizaciones cuenten con espacios de participación real para el diseño y la puesta en marcha de los mecanismos de implementación y de la reglamentación de la ley. También  se expuso la necesidad de diseñar y poner en funcionamiento programas integrales de protección y seguridad en las regiones en las cuales el despojo de tierras es de gran magnitud  esto implica un reto para el Estado y es el de lograr que la ley tenga un impacto real en la vida de las víctimas en medio de un conflicto armado que aún persiste y que hace más difícil el éxito de la aplicación de la norma. El asesinato de quienes estaban defendiendo sus derechos a la tierra es un ejemplo del enorme desafío que el Estado tiene por delante.

Los políticos y funcionarios participantes en este encuentro manifestaron ponerse al día con los retos que les impone sus obligaciones y se mostraron abiertos al diálogo con las organizaciones de víctimas.

Entidades y responsabilidades territoriales en la ley de víctimas

Nuevos entes territoriales y nuevas responsabilidades para alcaldes y gobernaciones. Esta es otra característica de la ley de víctimas y que los territorios deberán tener presente por lo que significa para las víctimas y sus organizaciones, por los deberes y obligaciones que tendrán los funcionarios públicos y por los retos que hay por delante.
Las autoridades locales tienen un papel central en el marco de la nueva ley de víctimas y en la responsabilidad de garantizar los derechos de las víctimas teniendo en cuenta un enfoque diferencial.
De ahí la importancia de que se conozca lo que dice la norma al respecto.

Las funciones de las entidades territoriales (artículo 174):

• Diseñar e implementar programas de prevención, asistencia, atención, protección y reparación integral a las víctimas, los cuales deberán contar con asignaciones presupuestales en los planes de desarrollo y ceñirse a los lineamientos del Plan Nacional para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas. Si bien algunas autoridades ya los han formulado, ahora es un deber que tiene plazo de un año a partir de la expedición de la ley.
• Elaborar y ejecutar los planes de acción para garantizar la aplicación y efectividad de las medidas de prevención, asistencia, atención y reparación integral a las víctimas en sus respectivos territorios.
• Prestar –con cargo a sus presupuestos– asistencia de urgencia y en gastos funerarios, complementar las medidas de atención y reparación integral y gestionar la presencia y respuesta oportuna de las autoridades nacionales para la atención, asistencia y reparación integral a las víctimas.
• Garantizarles a las víctimas la prestación eficiente y oportuna de los servicios de salud, educación, agua potable y saneamiento básico.
• Garantizar la seguridad y protección personal de las víctimas con el apoyo de la Policía Nacional y en coordinación con el Ministerio del Interior y de Justicia.
• Los alcaldes y los concejos distritales y municipales deberán garantizar a las personerías distritales y municipales, respectivamente, los medios y los recursos necesarios para el cumplimiento de las funciones relacionadas con la implementación de la ley.

Comités territoriales de justicia transicional
Estos comités (artículo 173) deberán ser creados por los gobernadores y alcaldes distritales y municipales, y con ellos contará el Sistema Nacional de Atención y Reparación Integral a las Víctimas, una nueva institucionalidad que crea la ley.
El Gobierno nacional, a través de la Unidad Administrativa Especial de Atención y Reparación Integral a las Víctimas, promoverá la creación de tales comités.

Conformación:
• El gobernador o el alcalde, quien lo presidirá, según el caso, y tendrá la secretaría técnica del comité.
• Los secretarios de Gobierno, Salud y Educación, departamental o municipal, según el caso.
• El comandante de División o el comandante de Brigada que tenga jurisdicción en la zona.
• El comandante de la Policía Nacional en la respectiva jurisdicción.
• El director regional o coordinador del centro zonal del Instituto
Colombiano de Bienestar Familiar.
• El director regional del Servicio Nacional de Aprendizaje (sena).
• Un representante del Ministerio Público.
• Dos representantes de las mesas de participación de víctimas, de acuerdo con el nivel territorial.
• Un delegado del director de la Unidad Administrativa Especial de Atención y Reparación Integral a las Víctimas.
• Los comités podrán convocar a representantes, delegados, organizaciones cívicas o a las personas o representantes que considere convenientes.

Los funcionarios y los políticos que sean elegidos en las elecciones territoriales del 2011 tienen muchas responsabilidades que tienen que asumir  como la  elaboración de planes de acción en el marco de los planes de desarrollo para lograr la atención, asistencia y reparación integral a las víctimas; coordinar las acciones con las entidades que conforman el Sistema Nacional en los ámbitos departamental, distrital y municipal; articular la oferta institucional para garantizar los derechos de las víctimas; coordinar las actividades en materia de inclusión social e inversión social para la población vulnerable.

El debate realizado  recogió las iniciativas y el trabajo de concertación que vienen realizando La Mesa Nacional de Víctimas Pertenecientes a Organizaciones Sociales  y la Corporación Viva La Ciudadanía de deliberación   de la ley de víctimas y construcción de agendas,  que busca  abrir espacios de participación de las víctimas en  el proceso de reglamentación de la Ley, y solicitar la intervención de la Corte Constitucional para que module la Ley, garantice la plena satisfacción de los derechos de las víctimas y supere los vacíos y contradicciones en los que incurre la recién aprobada Ley de Víctimas, frente a la jurisprudencia nacional y principios internacionales del Derecho Internacional de los Derechos Humanos (DIDH)


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