sábado, 14 de mayo de 2011

Ley de Víctimas tendrá su último debate en 15 días

REDACCIÓN POLÍTICA, EL UNIVERSAL - COLPRENSA 
BOGOTÁ (Publicado: 14 Mayo 2011)   
    
La Ley de Víctimas se empezará a discutir en la plenaria del Senado en la semana que entra.

“Gracias al consenso de todos los sectores políticos con asiento en el Congreso de la República, antes de 15 días la Ley de Víctimas tendrá su último y definitivo debate”.

Así lo expresó el congresista Liberal, Juan Fernando Cristo, coordinador de ponentes de la iniciativa, a través de un comunicado de prensa del Senado de la República.

Juan Fernando Cristo, quien intervino en la audiencia pública sobre esa iniciativa promovida por la Comisión Primera y que se adelantó en Tibú-Norte de Santander, también dijo que el avance de la misma se logró gracias a la intervención y el liderazgo del Gobierno del Presidente Juan Manuel Santos.

Celebra Minjusticia

Por su parte, el Ministro del Interior y de Justicia, Germán Vargas Lleras, celebró la inclusión del término de conflicto armado interno dentro del proyecto de ley de Víctimas y de Restitución de Tierras.

“Celebro que el Congreso y sus ponentes finalmente hayan aceptado el concepto de conflicto armado; lo digo porque para mí este debate, que es mucho más semántico, ha estado desenfocado y la información que se dio carece de soporte legal y  jurídico, al advertir que técnicamente no existe concepto de conflicto armado”, manifestó el jefe de la cartera política.

Vargas Lleras enfatizó: “Si el debate se traslada a plenaria lo damos, pero ojalá eso no ocurra, para que conceptos absurdos sin fundamento legal no entorpezcan más la aprobación de este proyecto, lo piden las Fuerzas Armadas y el Gobierno”.

El ministro Vargas Lleras precisó que el conflicto en Colombia es una realidad: “esta realidad no cambia porque la bauticemos de una o de otra manera".

El alto funcionario explicó que desde el momento que Colombia ratificó los Convenios de Ginebra y sus Protocolos asumió los compromisos de la comunidad internacional y aclaró que no es cierto que dichos convenios cambien el estatus de ninguna organización ilegal en Colombia.

Así mismo resaltó que el único objetivo para aportar estos conceptos, “es proteger a la población civil”.

Así va el proyecto de ley

El título: El nuevo nombre es: “Ley de atención, asistencia y reparación integral a las víctimas del conflicto armado interno”. Hasta su paso por la Comisión I se denominaba “Ley de atención a víctimas de las violaciones a los derechos humanos y las normas del derecho internacional humanitario”.

La extensión: Al debate en la plenaria del Senado el proyecto llega con 207 artículos, nueve más de con los que fue aprobado en la comisión de esa cámara.

Las mujeres: La ley llevará un capítulo con normas especiales para el acceso de la mujer a los procesos de restitución de tierras. En él se menciona que “las mujeres víctimas de despojo o abandono forzado, gozarán de especial protección del Estado en los trámites administrativos y judiciales relacionados en esta ley”.

Se dispone que la Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas (que se crea con la ley) dé esa atención especial para garantizar el acceso de las mujeres a los procedimientos contemplados para la devolución de esos predios.

También se prevé que las mujeres víctimas de la violencia tendrán prioridad en cuanto a la seguridad social, crédito, seguridad, educación, capacitación y recreación, subsidio familiar y cedulación.

Los niños: En el texto hay un capítulo especial para la atención y protección integral de los niños, en el que se precisa que los menores de edad víctimas del conflicto gozarán de todos los derechos civiles, políticos, sociales, económicos y culturales, con el carácter de preferente y adicionalmente tendrán derecho, entre otros, a la verdad, la justicia y la reparación integral.

Capacitación: En la norma legislativa se dispone que las víctimas se podrán capacitar a través del Sena; se les atenderá en plan sicosocial y de salud integral. Determina que estos gastos serán asumidos por el Ministerio de Protección Social, con cargo a los recursos del Fondo de 
Solidaridad y Garantía, Fosyga.

Difusión: Para las denominadas “acciones tendientes a restablecer la dignidad de la víctima y difundir la verdad sobre lo sucedido”, la ley dice que habrá de darse reconocimiento público del carácter de víctima, de su dignidad, nombre y honor, ante la comunidad y el ofensor. Para ello se harán publicaciones, actos conmemorativos, difusión pública y completa del relato de las víctimas sobre el hecho que las victimizó, siempre que “no provoque más daños innecesarios ni genere peligros de seguridad”.

Desaparecidos: La ley compromete recursos para “la búsqueda de los desaparecidos y para colaborar con la identificación de cadáveres y su inhumación posterior, según las tradiciones 
familiares y comunitarias”.

Conmemoración: Se establece el 10 de diciembre de cada año como el Día Nacional de Solidaridad con las Víctimas. Se realizarán por parte del Estado Colombiano eventos de reconocimiento a su condición.

Verdad: Otro artículo de la ley dispone medidas para que los autores de violaciones de los derechos humanos y del Derecho Internacional Humanitario extraditados “revelen los motivos y las circunstancias en que se cometieron las violaciones y en caso de fallecimiento o desaparición, la suerte que corrió la víctima”.

En ese mismo sentido, garantiza que los bienes de los extraditados sean entregados o incautados con destino al fondo de reparación para las víctimas.

Sanciones: La futura ley consigna las sanciones que se impondrán a quienes se inscriban fraudulentamente a los beneficios de la ley. En tal sentido se dice que “se revocarán las medidas de indemnización otorgadas a dichas personas, se ordenará el reintegro de los recursos que se hubieren reconocido y entregado por este concepto y se compulsarán copias a la autoridad competente para la investigación a que haya lugar”.

Esas personas podrán incurrir en penas de cinco a ocho años de cárcel.

Seguimiento: Se obliga a que el Presidente de la República presente un informe anual sobre los avances en la ejecución y cumplimiento de la ley.

Así mismo, se pide conformar una comisión de seguimiento integrada por el Procurador General, el Defensor del Pueblo, el Contralor General de la Nación y tres representantes de la sociedad civil, que rendirá un informe al Congreso dentro del mes siguiente del inicio de legislatura de cada año.

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