viernes, 6 de mayo de 2011

PRONUNCIAMIENTO DE LA MESA DE VÍCTIMAS DE SANTANDER.

La Mesa de organizaciones de víctimas de Santander,  reunida  en  la ciudad Bucaramanga los días 5 y 6 de mayo  del presente año, con la participación de  diversas organizaciones de victimas provenientes de las distintas provincias de Santander, hemos venido debatiendo el Proyecto de ley de reparación de Víctimas y restitución de tierras, que ahora se encuentra en su último debate en el Senado de la República, En uso de nuestros derechos a la participación, ponemos a consideración algunas observaciones para que sean incorporadas en su articulado.

Expresamos las siguientes preocupaciones y consideraciones:

1.      El trámite del proyecto de Ley no contó con la participación idónea y la consulta de las víctimas, los escasos “diálogos democráticos” no contaron con la metodología adecuada  ni con las garantías para la participación de las víctimas.

2.    Es necesario que el Proyecto de Ley de Víctimas (PLV) cree una nueva institucionalidad; está comprobado que instituciones como Acción Social no ha cumplido con una labor idónea en la atención a las víctimas al negarnos los derechos; han establecido que montos económicos recibidos por concepto de ayuda humanitaria constituyen indemnización por vía administrativa. Son funcionarios insensibles que imponen criterios asistencialistas, que en muchas ocasiones se han aprovechado de la situación de vulnerabilidad de las víctimas, y se han convertido también en instrumentos de la “politiquería y la corrupción”.

3.     
     Exigimos la eliminación del contrato de transacción en el artículo 132; esta figura viola la justa valoración de los daños sufridos, el derecho a una indemnización, la autonomía judicial, el acceso al derecho ajusticia, obstaculiza  la sanción de responsables e impide el acceso a  la verdad acerca de lo ocurrido en cada caso.

4.      Es necesario que en el PLV se haga explicito reconocimiento de la responsabilidad del Estado en hechos de violaciones de DDHH, como fundamento para el derecho de la reparación de las víctimas.

5.      Es preciso que se reconozca que la aplicación de la ley se enmarca en un contexto de conflicto armado, en el que se vulneran derechos humanos y se continúan cometiendo delitos de lesa humanidad. En ese sentido es preciso que el Estado estructure una política de paz y solución negociada al conflicto armado interno, que obligue a la desmovilización completa y real de los grupos paramilitares.

6.  Deben ser incluidas dentro del universo de víctimas del proyecto de Ley,  las víctimas de las llamadas BANDAS CRIMINALES.

7.    En imperativo que el Estado, a nivel de cada ente territorial, garantice el retorno de las víctimas en condiciones de seguridad  y protección,  adoptando medidas pensadas no exclusivamente y principalmente desde una política de militarización, sino desde una perspectiva de seguridad social integral  y proteccionista de los derechos económicos y sociales con garantías de no repetición de los hechos de violencia padecidos.  

8.      Con base en lo anterior consideramos importante que la reparación de las víctimas sea concebida desde una perspectiva transformadora, que precisamente  atienda la superación de las causas que permiten la victimización y reivindique el derecho universal a la dignidad humana.

9.    Exigimos que el PLV diferencie las medidas de asistencia de la ayuda humanitaria y las medidas de reparación, teniendo en cuenta que  es inconstitucional que incluya las disposiciones de ayuda humanitaria consagradas en la ley 418 de 1997 como indemnización por vía administrativa a las víctimas del desplazamiento forzado; así mismo la indemnización a éstas víctimas debe ser asignada por núcleo familiar, limitando  adicionalmente el destino de este monto.

10.   Exigimos la restitución del patrimonio conforme a los Principios Pinheiro, es decir, la restitución de tierras y de vivienda,  y no contemplar esto último a manera de subsidio. Adicionalmente que se contemple la restitución del empleo y la condonación total de los pasivos y no a partir de paliativos como se contempla el texto de la Ley.

11.    Es necesario que la restitución de tierras y el reconocimiento de  las víctimas se dé a partir del 1 de enero de 1980, tomando en consideración que las victimizaciones por el conflicto datan principalmente desde el inicio de esta década, al igual que el despojo y desplazamientos forzados, no hay razón para establecer fechas diferenciadas que excluyen los derechos de miles de víctimas.

12.   La sostenibilidad fiscal no puede ser otro obstáculo para el derecho a la efectiva reparación de las víctimas ni condicionar el cumplimiento de las responsabilidades del Estado con las víctimas.

13.   La participación de las víctimas y de las organizaciones de DDHH en las instancias de seguimiento a la implementación de la Ley en cada ente territorial debe tener fuerza vinculante y representación de las organizaciones de víctimas en el territorio respectivo.

14.    Es importante incorporar veedurías de la sociedad civil en las instituciones que surjan del proyecto de Ley y para el manejo de sus presupuestos y políticas. La comunidad internacional y la sociedad civil colombiana deben participar activamente en calidad de observadores y asesores del Estado en el proceso de implementación, atención y reconocimiento de los derechos de las víctimas; dentro del espíritu de afirmación de los derechos de las víctimas a la reparación integral.

RED DEPARTAMENTAL DE MUJERES VÍCTIMAS DE SANTANDER
ASOSANDER
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ASOCIACIÓN NACIONAL DE DESPLAZADOS DE COLOMBIA – ANDESCOL –
ASOCIACIÓN DE MUJERES DESPLZADAS DEL MUNICIPIO DE LEBRIJA  -ASOMUDESLE –
ASOCIACIÓN DE DESPLAZADOS DE MÁLAGA - ASODEMA –
ASOCIACIÓN DE POBLACIÓN DESPLAZADA DE LEBRIJA - ASOPUVUN –
ASOCIACÓN DE MUJERES DESPLAZADAS DE SANTANER - ASOMUDESAN –
ASOCIACIÓN DE DESPLAZADOS POR LA PAZ DE SANTANDER – ASODEPSAN –
ASOCIACIÓN DE POBLACIÓN DESPLAZADA DE LEBRIJA – ASODESISO-
ASOCIACIÓN DESPLAZADOS MOGOTES – ASODEMO-
ASOCIACIÓN DE DESPLAZADOS POR LOS CONFLICTOS INTERNOS DE COLOMBIA – ASODECICOL-
ASOCIACIÓN DE DESPLAZADOS HIJOS ADOPTIVOS DE CONCEPCIÓN –ADHICON-
ASOCIACIÓN DE MUJERES COLOMBIANAS DE PIE DE CUESTA –ASOMUCOL –
ASOCIACIÓN AGROPECUARIA LA VIRTUD DE RIO NEGRO –AGROVID-
ASOCIACIÓN DE DESPLAZADOS DEL MUNICIPIO EL PLAYON, RENACER.
ASOCIACIÓN DE MUJERES Y PAZ, DE BUCARAMANGA  –ASOMUYPAZ-
ASOCIACIÓN DE DESPLAZADOS EL CERRITO –ASODECER-
ASOCIACIÓN DE DESPLAZADOS DE CAFÉ MADRID, BUCARAMANGA –ASODECA –
ASOCIACIÓN DE PRODUCTORES AGRÍCOLAS DE SANTANDER, - ASOPROAGSAN -
CORPORACIÓN COMPROMISO

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