viernes, 22 de julio de 2011

Definición de reparación colectiva en la Ley de Víctimas


La reparación colectiva como reencuentro del estado y la sociedad

Por Ana Teresa Bernal. Redepaz.

La sanción presidencial de la Ley de Víctimas y restitución de tierras, se convierte en la posibilidad histórica de restituirles a las víctimas los derechos que le fueron arrebatados y en la oportunidad de reconstruir esa confianza a partir de una revolución política institucional que garantice que nunca más se vuelva a repetir.

Evidentemente en diversas regiones del país la violencia se presentó a través de un patrón conjunto de los grupos armados ilegales y sectores económicos y políticos regionales. Alianzas que llevaron al despojo violento de la tierra a millones de campesinos y comunidades étnicas, al usufructo de los recursos públicos a favor de intereses privados y/o, a la legalización de capitales provenientes del narcotráfico. En esos casos, la institucionalidad del estado a través de funcionarios y autoridades, sirvió a la estrategia mafiosa de consolidación de riqueza y poder, cohonestando o permitiendo la violencia contra la población civil. De la misma manera, es evidente que organizaciones políticas, sociales y gremiales fueron afectadas por la acción sistemática de la violencia, llevando a su desaparición y deben ser tenidas en cuenta como sujetos de reparación colectiva.


Correspondiente con esto, y en cumplimiento de un mandato legal, la Comisión Nacional de Reparación y Reconciliación, diseñó el Programa Institucional de Reparación Colectiva orientado a “recuperar la institucionalidad propia del Estado social de derecho particularmente en las zonas más afectadas por la violencia; a recuperar y promover los derechos de los ciudadanos afectados por hechos de violencia y a reconocer y dignificar a las víctimas” (artículo 49 de la ley 975 de 2005). Para poder abordar esta tarea la CNRR, desarrolló experiencias piloto con comunidades y organizaciones afectadas por hechos de violencia grave y sistemática entre las que se encuentran El Salado (Bolívar), Libertad (Sucre), La Gabarra (N. de Santander), La ATCC de la India (Magdalena Medio); El Tigre (Putumayo) y la Universidad de Córdoba. De estas experiencias, de reflexiones internas y del conocimiento de casos internacionales, la CNRR entregará este documento de política pública que aborda este trascendental tema.

Por todo esto, es que la nueva Ley de víctimas en sus artículos 151 y 152, ordena a la Unidad Administrativa Especial para la Atención yReparación a las víctimas, a través de su Plan, que, tomando en consideración las recomendaciones de la CNRR debe implementar el Programa que tenga en cuenta: “el daño ocasionado por la violación de los derechos colectivos, la violación grave y manifiesta de los derechos individuales de miembros de colectivos y el impacto colectivo de la violación de los derechos individuales”. Por tanto serán sujetos dereparación colectiva: “los grupos y organizaciones sociales y políticas o las comunidades determinadas a partir de un reconocimiento jurídico, político o social que se haga del colectivo o en razón de la cultura, el territorio o un propósito común”.

Este programa contempla medidas de reparación, materiales, simbólicas y políticas y no se limitará a restituir a las víctimas a su situación antes de la violencia, buscará producir un cambio basado en un proceso participativo, donde víctimas e instituciones sean factor preponderante en un proceso de cambio para el país. Las víctimas recuperando su condición de ciudadanía plena y las instituciones demostrando que son propias de un Estado Social de derecho. Será un plato fuerte en pro de la reconciliación.

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